• vie. Nov 22nd, 2024

TEPJF legitima el triunfo de Sheinbaum en las elecciones presidenciales; desestima petición de nulidad de la oposición

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CDMX.-La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó el triunfo de Claudia Sheinbaum  al rechazar los juicios de impugnación que buscaban anular la elección presidencial por intervención del presidente Andrés Manuel López Obrador, presiones del crimen organizado y desvío de recursos públicos.

Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral concluyó que los juicios de la oposición tenían deficiencias en muchos aspectos, comenzando por que sus pruebas se limitaban a meros links que no probaron que la intervención de López Obrador fuera determinante para los resultados ni se pudo probar que desde las Mañaneras coaccionó le voto, ni que los hechos de violencia fueron generalizados y que afectaron exclusivamente a la oposición o beneficiaron a Morena.

Los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón estuvieron en contra; incluso, éste último calificó el proyecto como “un intento inútil por ocultar una circunstancia a todas luces notoria” basado en “falacias lógico-jurídicas”, que “busca evitar a costa las violaciones al principio de neutralidad, imparcialidad y equidad”, por lo que “aterriza lejos del estándar del más alto rigor” de la justicia imparcial.

Tras resolver estos juicios de impugnación, el Tribunal Electoral realizará la declaración de validez de la elección presidencial este miércoles y entregará la constancia de mayoría a Claudia Sheinbaum el día jueves.

Los magistrados que elaboraron el proyecto, Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Fuentes argumentaron todas las deficiencias en las impugnaciones hace insostenible anular la voluntad ciudadana de más de 60 millones de personas que acudieron a las urnas, y aseguraron que la Sala Superior no tiene la obligación ni la responsabilidad de mejorar los juicios que les presentan ni de defender a quien impugna.

“Las demandas tienen deficiencias evidentes tanto probatorias como argumentativas, se basaron exclusivamente en mil 480 vínculos electrónicos, se limitaron a notas periodísticas de redes sociales, fragmentos de publicaciones sin ser comprobados en alguna línea de otra naturaleza.

“Me pregunto ¿se puede anular la elección con una ventaja de 30 puntos respecto al segundo lugar con la mera aportación de links? Cuestionar la voluntad ciudadana con la exclusiva presentación de vínculos electrónicos no alcanza para acreditar los presuntos hechos”, expuso De la Mata Pizaña.

El magistrado Felipe de la Mata expuso que ninguna evidencia electrónica de la oposición demostró que las Mañaneras fueran determinantes para el resultado de la elección y recordó que quienes votan, son personas adultas y “capaces de tomar decisiones reflexivas, no podemos subestimar su capacidad para elegir”.