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INCLUIR A REPRESENTANTES INDÍGENAS COMO PARTE DE LOS AYUNTAMIENTOS

porRedactor

Sep 22, 2021
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  • Evangelina Moreno, diputada federal por Baja California presenta una iniciativa de decreto al Artículo 115 constitucional que garantice la participación plena de los pueblos originarios en los ayuntamientos.

La diputada federal del Grupo Parlamentario de Morena, Evangelina Moreno Guerra, presentó una iniciativa de ley con proyecto de decreto para reformar el artículo 115 constitucional, con el fin de que a los representantes indígenas se les reconozca como parte integrante de los ayuntamientos de todo el país.

En su exposición de motivos, la legisladora por Baja California explicó que la fracción VII del Apartado A del artículo 2º Constitucional ya establece que los indígenas “tienen derecho a elegir, en los municipios con población indígena, a representantes ante los ayuntamientos, observando el principio de paridad de género conforme a las normas aplicables”.

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Evangelina Moreno

Sin embargo, subrayó que es difícil implementar este precepto constitucional porque el artículo 115, que regula la figura del municipio libre, no reconoce al representante indígena. Por ello, Moreno Guerra dijo que, al no estar contemplada la figura del representante indígena en el artículo 115 de la Constitución y por ende no estar armonizado en las leyes orgánicas que regulan a los municipios en las entidades federativas, la única forma que tienen los indígenas para acceder a los ayuntamientos es mediante la vía jurisdiccional. Lo cual es sumamente desgastante, costoso e innecesario porque dicha figura representativa ya está contemplada en la Constitución, pero no en el artículo 115.

Argumentó que esta reforma es necesaria para fomentar la participación plena de los pueblos originarios en el ámbito local sin necesidad de llegar a los tribunales, por lo que solicitó la aprobación de la iniciativa con proyecto de decreto, para reformar el artículo 115 de la Constitución, con el fin de reconocer a los representantes indígenas como parte integrante de los ayuntamientos.

“Cada municipio será gobernado por un ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un presidente o presidenta municipal y el número de regidurías y sindicaturas que la ley determine, de conformidad con el principio de paridad. Los indígenas tendrán derecho a tener un representante ante los ayuntamientos en aquellos municipios que cuenten con este tipo de poblaciones. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá́ por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá́ autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado”.

La reforma presentada por la legisladora tijuanense se da en un contexto en el cual los indígenas siguen siendo relegados de los espacios de toma de decisiones, y si bien es cierto que ya se cuentan con acciones afirmativas para elegir a regidores, síndicos o alcaldes, dichas medidas están pensadas desde una lógica liberal y republicana en la cual la asamblea comunitaria no tiene atribuciones, lo cual sí ocurre cuando eligen a su representante ante los ayuntamientos.

La reforma también ayudará a paliar el racismo que viven los pueblos originarios en muchos municipios a lo largo y ancho de la República mexicana que cuentan con mayoría de población indígena, en donde sistemáticamente se les ha excluido de los ayuntamientos y en particular de los cabildos.

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