- Deberán usar las autoridades estatales y municipales infraestructura, recursos públicos, medios de comunicación oficiales, y nuevas tecnologías, para promover, difundir y proteger la diversidad de expresiones culturales, regionales y universales entre las niñas, niños y adolescentes
Tijuana, BC.- Ante el pleno del Congreso del Estado, el diputado Ramón Vázquez Valadez presentó una iniciativa de reformas de ley a los artículos 60 y 61 de la Ley para la Protección y Defensa de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Baja California, con el fin de garantizar el apoyo de los gobiernos estatal y municipales a ese sector, en su derecho a la cultura.
Para fortalecer ese derecho humano, el iniciador precisa que se trata de una armonización a la reciente reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación, el pasado 26 de mayo de 2023, mediante la cual se instruye a las autoridades estatal y municipales a usar: infraestructura, recursos públicos, medios de comunicación oficiales, y nuevas tecnologías, para promover, difundir y proteger la diversidad de expresiones culturales, regionales y universales entre las niñas, niños y adolescentes.
“Ante tantos problemas sociales que se están observando en la comunidad escolar, el fomentar la cultura es una salida de solución por la que debemos apostar, con los recursos que ya tiene el Estado y Municipios; y es una apuesta oportuna, es algo positivo, que va a beneficiar el tejido social”, explicó el legislador.
Como ejemplos, citó el utilizar escuelas públicas para montar en sus instalaciones exposiciones de arte; usar las redes sociales de las instituciones públicas para hacer difusión de obras artísticas de talentos locales, niñas, niños o adolescentes dotados de cualidades en las artes; y prestar un parque o plaza para expresiones culturales diversas, sin tanta complejidad burocrática.
Ramón Vázquez recordó que la Constitución Política mandata que, “como autoridades, es nuestro deber en el ámbito de nuestra competencia, promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, y, bajo este principio es que estimo relevante adecuar la Ley en referencia, para optimizar el ejercicio pleno del Derecho Humano a la Cultura”.
Vázquez Valadez recalcó que la cultura es primordial en el desarrollo de nuestras niñas, niños y adolescentes; “es vital para su formación y la consolidación de su sentido de identidad a esta noble tierra”, y, por eso, considera muy valioso adaptar nuestra legislación para que esto sea permisible, para materializar el derecho humano de niñas, niños y adolescentes a allegarse de ella y a crear.
El diputado precisó que, el tercer y cuarto párrafo del Artículo 60 de la Ley para la Protección y Defensa de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Baja California, habrá de plasmarse así:
“Las niñas, niños y adolescentes no podrán ser discriminados de forma alguna por ejercer su libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura”.
“Las autoridades del Estado y sus Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias podrán aprovechar su infraestructura y recursos; promover el uso y desarrollo de los medios de comunicación oficiales y de las nuevas tecnologías a su alcance, a fin de establecer políticas tendentes a garantizar la promoción, difusión y protección de la diversidad de las expresiones culturales, regionales y universales, entre niñas, niños y adolescentes”.
El segundo párrafo del Artículo 61 de la Ley para la Protección y Defensa de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Baja California, habrá de decir de la siguiente manera:
“Las autoridades del Estado y sus Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, estarán obligados a establecer políticas tendentes a garantizar la promoción, difusión y protección de la diversidad de las expresiones culturales, regionales y universales, entre niñas, niños y adolescentes, y podrán para tal efecto aprovechar su infraestructura y recursos, usar sus medios de comunicación oficiales y de las nuevas tecnologías a su alcance”.
Todo eso, en consonancia con la reforma federal que expone que:
“El derecho de los niños, niñas y adolescentes a participar libremente en la vida cultural y las artes exige que los Estados respeten el acceso de los menores de edad a dichas actividades y que tengan libertad de elegirlas y practicarlas. Este derecho tiene tres dimensiones interrelacionadas que se refuerzan mutuamente:
1.- El acceso, por el cual se brinda a niños, niñas y adolescentes la oportunidad de experimentar la vida cultural y artística y de adquirir conocimientos sobre un amplio espectro de distintas formas de expresión.
2.- La participación, que exige que se ofrezcan a los niños, niñas y adolescentes oportunidades concretas, individuales o colectivas, de expresarse libremente, comunicar, actuar y participar en actividades, con el fin de lograr el desarrollo pleno de sus personalidades.
3.- La contribución a la vida cultural, que comprende el derecho de los niños, niñas y adolescentes a contribuir a las expresiones espirituales, materiales, intelectuales y emocionales de la cultura y las artes, promoviendo así el desarrollo y la transformación de la sociedad a la que pertenece”.